Junta de Centro de la ETSIAMB

Dirección

La Junta de Centro es el órgano colegiado representativo y de gobierno ordinario del mismo. Corresponde a la Junta de Centro el ejercicio de las funciones establecidas en el art. 46 de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha. De la Junta de Centro emanan las distintas Comisiones Delegadas que facilitan, favorecen y promueven el gobierno de la ETSIAMB.

Junta de Escuela

Los Estatutos de la Unversidad de Castilla-La Mancha refieren en su Artículo 45, que las Juntas de Centro son los órganos representativos y de gobierno ordinario de los mismos; y en el 46, que sus funciones son las siguientes: 

  • Elegir y revocar a su Decano o Director.
  • Elaborar, con la participación de los departamentos, los planes de estudio y su modificación, que han de ser aprobados por el Consejo de Gobierno, supervisar y coordinar su desarrollo y valorar sus resultados.
    Organizar académica y administrativamente las enseñanzas que hayan de impartirse para la ejecución de los planes de estudio, en coordinación con los departamentos.
  • Emitir los informes que la legislación vigente o estos Estatutos atribuyan al centro.
  • Informar al Consejo de Gobierno sobre la creación, modificación o supresión de departamentos que impartan la docencia en el centro.
  • Promover, junto con los departamentos, la configuración de la plantilla docente e informar al Consejo de Gobierno sobre las necesidades de profesorado, de acuerdo con sus planes de organización docente y las propuestas de los departamentos.
  • Formular las necesidades del centro en lo referente a la plantilla de personal de administración y servicios, adscrito al centro.
  • Aprobar la distribución de fondos asignados al centro.
  • Proponer la concesión de honores y distinciones.
  • Estimular la convergencia en planes de estudio de grado y de postgrado, oficiales y no oficiales.
  • Promover la creación de centros en otras comunidades autónomas o en otros países de la Unión Europea y fuera de ella.
  • Promover evaluaciones de calidad en su centro y crear sus propios programas de calidad dentro del programa general de calidad de la Universidad.
  • Cualquier otra función que le asignen los Estatutos, los reglamentos que lo desarrollen o las disposiciones legales vigentes.