Normativa de evaluación del estudiante
La presente normativa tiene por objeto la regulación de las guías docentes, el régimen y los sistemas de evaluación, la programación de pruebas, la publicidad de las calificaciones y los procedimientos de revisión y reclamación de calificaciones que serán de aplicación en todas las enseñanzas de carácter oficial de Grado y Máster impartidas por la Universidad de Castilla - La Mancha.
Importante: De acuerdo a los criterios establecidos por la ESI, el punto 1 del artículo 7 del reglamento de evaluación del estudiante se interpretará del siguiente modo: Se considerará como “actividad formativa” exclusivamente la realización de pruebas parciales y pruebas de progreso.
Normativa de Permanencia en el grado
La normativa de Permanencia nació con el fin de aprovechar los medios que se ponen a disposición del alumnado. Tras dos años de implantación se constatá la necesidad de modificarla, flexibilizándola, incrementando los tiempos máximos para la obtención del título y modificando el régimen de convocatorias en caso de no presentación a examen.
Se puede resumir la normativa en:
- Los estudiantes podrán matricularse en los estudios de Grado y Máster a tiempo completo (TC) o parcial (TP). El régimen elegido se mantendrá durante todo el curso académico pudiendo modificarse en cursos posteriores.
- La matrícula de cualquier asignatura comprenderá, a efectos de evaluación, dos convocatorias dentro del curso académico en que se formalice la matrícula.
- Los estudiantes a TC, en primer curso de Grado, podrán matricularse de un número de créditos, no superior a 60 ni inferior a 48 créditos ECTS. A partir del segundo curso y posteriores, no se podrá ser superior a 72 ni inferior a 48, salvo que el estudiante esté en su último curso.
- Los estudiantes a TP, en primer curso de Grado, deberán matricularse de 30 créditos ECTS. En segundo curso y posteriores los estudiantes el número de créditos que se matriculan no será inferior a 48 e igual o superior a 24, salvo que el estudiante esté en su último curso.
- Los estudiantes de Máster a TC se matricularán el primer año de 60 créditos y los estudiantes a TP de un mínimo de 30 créditos. Los estudiantes de Máster se matricularán en segundo curso y posteriores, de un mínimo de 6 créditos para los que tengan un régimen de dedicación a tiempo parcial y de un mínimo de 12 créditos para los que tengan una dedicación a tiempo completo, salvo que les reste un número inferior de créditos para finalizar los estudios.
- El estudiante deberá matricularse en las asignaturas pendientes de superar de cursos anteriores.
- El límite máximo de permanencia en los estudios de grado será un máximo de 8 años (TC) y 12 (TP).
- Los alumnos matriculados en primer curso tendrán que superar 6 créditos ECTS para poder continuar sus estudios.
- Los alumnos tendrán 6 convocatorias para superar cada asignatura.
- La Universidad promoverá la adecuación de la normativa de matrícula y permanencia a los estudiantes con discapacidad, valorando cada caso concreto y adoptando las medidas adecuadas.
Normativa de reconocimiento y transferencia de créditos
Se entiende por reconocimiento de créditos la aceptación por la UCLM de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales en esta u otra universidad, son computados en otra distinta a efectos de la obtención de un título oficial. Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo el R.D. 43/2015 modifica el Art. 13, apartado a), del R.D. 1393/2007.
De forma general y resumida, se establece lo siguiente en relación a reconocimiento de créditos:
“Siempre que el título al que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento al menos el 15 por ciento de los créditos correspondientes a las materias de formación básica de dicha rama”.
Mas información: Web de la UCLM