Las cátedras y las aulas Universidad–Empresa son instrumentos que sirven para establecer acuerdos de larga duración entre la Universidad y una o varias empresas o instituciones públicas o privadas en uno o varios ámbitos de conocimiento, con el fin de desarrollar actividades de docencia, investigación, culturales o cualquier otra que, siendo del interés mutuo de las partes, entre dentro de las competencias y fines de la Universidad de Castilla-La Mancha. Estos instrumentos tienen la consideración de actividades de mecenazgo, reguladas por la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
En este tipo de colaboraciones todas las partes resultan beneficiadas. La Universidad puede poner a disposición de sus alumnos experiencias que les permitirán un mayor conocimiento del mundo empresarial, a través de actividades de formación, participación en proyectos de investigación y desarrollo, jornadas técnicas, etc. También el personal docente e investigador de la Universidad, se puede beneficiar de esta colaboración, mediante actividades de reciclaje en dependencias de la empresa sobre algún aspecto concreto, trabajos de investigación, actividades formativas, etc.
En cuanto a los beneficios obtenidos por la empresa, destaca su conexión con el núcleo de la investigación y del conocimiento de la Universidad, así como la oportunidad de realizar proyectos estratégicos, mejorando la conexión entre el conocimiento y el entorno social y económico.
Aunque comparten los mismos objetivos, existen algunas diferencias entre las cátedras y las aulas Universidad-Empresa , como la aportación económica mínima para constituirse, que aumenta a 40.000 euros al año en el caso de las cátedras, y 10.000 euros, para las aulas. También difiere la duración de uno y otro instrumento, ya que la cátedra precisa un mínimo de tres años prorrogables, mientras que en las aulas se reduce a uno.
¿Cómo se constituye un aula o cátedra UCLM-Empresa?
- La creación de una cátedra o aula en la UCLM puede ser iniciativa de cualquier profesor o investigador de la Universidad o de cualquiera de los órganos de gobierno de la misma, así como de las propias empresas o instituciones externas que deseen colaborar con la Universidad bajo esta modalidad.
- La propuesta de creación de una cátedra o un aula será presentada al vicerrector que tenga delegadas las competencias en la materia, quién la estudiará y elaborará un informe dirigido al rector, quien, en su caso, formalizará la creación de la cátedra o el aula mediante la firma del convenio oportuno. En este sentido, quizás le interese conocer la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
El vicerrector que ostente las competencias en esta materia, realizará las funciones de coordinación y supervisión que garantizarán el cumplimiento de los fines de la cátedra o del aula.
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