Cambio de universidad y/o estudios universitarios oficiales españoles
Las solicitudes de plazas de estudiantes con estudios universitarios oficiales parciales que no se les reconozca un mínimo de 30 créditos ECTS de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1393/2007, deberán incorporarse al proceso general de admisión.
Para gestionar la solicitud se tendrá en cuenta la forma de acceso y la nota por la que obtuvo plaza en los estudios anteriormente iniciados.
Deberá presentar la documentación relativa a su forma de acceso.
Tras la concesión de plaza, deberá formalizar el traslado de expediente. Si está pendiente de exámenes en la convocatoria de septiembre deberá confirmar que está dispuesto a ocupar la plaza en el impreso oficial que le proporcionen en la Unidad de Gestión Académica de Campus donde se impartan los estudios donde ha sido admitido, para que formalice la matrícula una vez haya obtenido las calificaciones en la mencionada convocatoria y con la cita previa que se le asigne.
Si no reúne los requisitos de permanencia en la Universidad, deberá abstenerte de solicitar plaza.